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Responsabilidad corporativa > Gobierno corporativo

Gobierno corporativo

FCC está comprometido con las prácticas del buen gobierno corporativo en España y en la Unión Europea.

Fruto de su política de transparencia en esta materia, publica anualmente el Informe de Gobierno Corporativo que previamente ha comunicado al organismo regulador de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

- Código Ético del Grupo FCC

Dentro de los compromisos socialmente responsables y de transparencia asumidos por FCC (adhesión al Pacto Mundial de la ONU, Plan Director en Responsabilidad Corporativa), su Consejo de Administración aprobó el pasado 10 de junio de 2008, el Código Ético del Grupo FCC. 

Este Código se ha formulado con el propósito de unificar y reforzar la identidad, la cultura y las pautas de conducta del Grupo, constituyendo una herramienta para orientar y guiar nuestras actuaciones en algunas cuestiones de orden social, ambiental o ético que revisten una particular importancia. 

Los principios éticos recogidos en el Código van dirigidos a todos los administradores, directivos y empleados de las compañías del Grupo FCC, siendo de obligado cumplimiento. 

El Código prevé un procedimiento que permite a todos lo empleados comunicar, confidencialmente y sin temor a represalias, actuaciones o conductas inapropiadas a la luz de los principios en él incluidos.

La página principal de la intranet del Grupo contiene un apartado denominado ''canal ético'', el cual, a su vez, recoge el texto del Código así como el procedimiento de consulta o comunicación de posibles infracciones. 

La supervisión del cumplimiento del Código Ético del Grupo FCC recae en el Comité de Seguimiento del Reglamento Interno de Conducta, ya encargado de la aplicación, interpretación y seguimiento del cumplimiento de las disposiciones contempladas en el citado Reglamento interno de conducta en el mercado de valores del Grupo FCC.

Como respuesta al compromiso asumido de respetar y apoyar la protección de los derechos fundamentales, el Comité de Dirección del Grupo  aprobó el  27 de enero  de 2009 la inclusión de una cláusula en los contratos de FCC con sus proveedores y contratistas donde se da a conocer el contenido y alcance del código ético y establece la obligación de cumplir y respetar los diez principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas. El incumplimiento de cualquiera de estos principios podrá constituir causa justa de resolución del contrato.


- Canal de Comunicación Interna

FCC ha establecido este Canal que responde a los requisitos establecidos en el artículo 41.3 del Reglamento del Consejo de Administración, donde se establece que, en relación con los sistemas de información y control interno, será competencia del Comité de Auditoría y Control 'recibir de los empleados, de forma confidencial, pero no anónima, y por escrito, comunicaciones sobre posibles irregularidades de potencial trascendencia, especialmente de naturaleza financiera y contable que se adviertan en el seno de cualquier sociedad del Grupo FCC'.

Este procedimiento de comunicación da respuesta, asimismo, a la recomendación 50.d) del Código Unificado de Buen Gobierno de la CNMV que señala que corresponde al Comité de Auditoría y Control 'establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que se adviertan en el seno de la empresa'.

Los empleados del Grupo FCC pueden utilizar dicho Canal, siguiendo su procedimiento reglado, a través de la intranet del Grupo.

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